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¿Que puede deducir en la anual?

Escrito por Viridiana | Apr 13, 2024 12:41:45 AM

Personas fisicas

Salud

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Educación

Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel
preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de
deducción):

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Transporte escolar, sólo si es obligatorio. *

Otros

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos,
    podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu
    casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.
  • Donativos
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias
    de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente,
transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no
procede si el pago fue realizado en efectivo.