¿Que puede deducir en la anual?
Personas fisicas
Salud
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis, estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
- Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
Educación
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel
preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de
deducción):
- Preescolar: 14,200 pesos.
- Primaria: 12,900 pesos.
- Secundaria: 19,900 pesos.
- Profesional técnico: 17,100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Transporte escolar, sólo si es obligatorio. *
Otros
- Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos,
podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura. - Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu
casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras. - Donativos
- Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias
de tus planes personales de retiro (Afore). - El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.
El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente,
transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no
procede si el pago fue realizado en efectivo.